Puerto Rico PC 109: Para enmendar los artículos 1 y 3 de la Ley 33-2012, mediante la cual se le ordena al Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico presentar un informe, en o antes del 15 de mayo de cada año, sobre la incidencia de actividad violenta o criminal en las escuelas con el propósito de que se identifiquen con tiempo alternativas que puedan corregirlos antes del comienzo del año escolar próximo, a los fines de atemperar sus disposiciones con la recién promulgada Ley 171-2014, la cual suprime a la otrora Oficina de Asuntos de la Juventud y crea adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, un denominado "Programa de Desarrollo de la Juventud"; y para añadir un nuevo inciso (x) en el Artículo 13 de la Ley 171-2014, con el propósito de asegurar el apoyo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, en la realización de todas aquellas tareas que se entiendan pertinentes para reducir la incidencia de actividad violenta o criminal en las escuelas públicas.

Status: Se dispone que sea enrolado (as of 2020-06-30)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 109

Sponsors: Ángel R. Peña Ramírez

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