Puerto Rico RCS 45: Para establecer un periodo de gracia de ciento ochenta (180) días a partir de la vigencia de esta resolución conjunta para que los barberos y estilistas en barbería que todavía no han obtenido una licencia para ejercer como tales, puedan hacerlo mediante unos requisitos especiales sin tener que cumplir con el requisito de examen que dispone la Ley Núm. 146 del 27 de junio de 1968, según enmendada.
Status: Res. Conj. 33, 04/13/18, 3 Sesión Ordinaria, Efectivo 07/12/18 (as of 2018-04-13)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: RCS 45
Sponsors: Carmelo J. Ríos Santiago
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