Puerto Rico PC 2106: Para enmendar el Artículo 308 de la Ley 146-2012, según enmendada y enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 118 de 22 de julio de 1974, según enmendada, a los fines de reafirmar que las personas convictas por los delitos de agresión sexual en todas sus modalidades, agresión sexual conyugal, actos lascivos, violación, sodomía, incesto, secuestro, secuestro agravado y pornografía infantil, incluyendo sus tentativas, no podrán beneficiarse del privilegio de libertad bajo palabra, indistintamente de la fecha de la comisión del acto delictivo ni el código penal o la ley especial utilizada para dictar sentencia; aclarar que la Ley 85-2022 no aplicará retroactivamente a las personas convictas por estas actuaciones delictivas; disponer que el referido estatuto no surtirá efecto en el cálculo de su sentencia; y para otros fines relacionados.
Status: Ley Núm. 85-2024 (as of 2024-05-28)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 2106
Sponsors: Jocelyne M. Rodríguez Negrón
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