Puerto Rico PC 2102: Para enmendar el Artículo 3.6 de la Ley Núm. 54 del 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica” para establecer que solo estará disponible el desvío del procedimiento ahí estatuido en los casos donde se haga una alegación de culpabilidad y que el término mínimo del programa será de dos (2) años; y para enmendar los Artículo 10 de la Ley 449-2000, según enmendada, conocida como “Ley para Crear la Junta Reguladora de los Programas de Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras” para establecer que los informes de la Junta serán remitidos también a la Asamblea Legislativa y garantizar el funcionamiento y efectividad de los programas de desvíos dirigidos a personas agresoras en casos de violencia doméstica en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Status: Derrotado a viva voz (as of 2024-06-25)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 2102
Sponsors: Jesús M. Ortiz González
View Puerto Rico PC 2102 on LegisTrack → — full text, sponsors, votes, campaign finance, and cross-state matches.