Puerto Rico PS 737: Para enmendar la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como "Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores", a los fines de añadir un nuevo Artículo 32, con el propósito de establecer, que en los casos donde se presenten alegaciones de maltrato bajo una demanda de custodia, el Tribunal celebrará, en un plazo no mayor de quince (15) días computado a partir de la fecha de radicación de la contestación a la demanda, una vista para determinar si procede ordenar alguna medida provisional de las establecidas en el Artículo 31, luego de evaluar la prueba del alegado maltrato; para renumerar los actuales Artículos 32 al 88, como los Artículos 33 al 89 respectivamente.

Status: Ley Núm. 80-2018 (as of 2018-03-01)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 737

Sponsors: Luis D. Muñiz Cortés, Thomas Rivera Schatz

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