Puerto Rico PC 577: Para enmendar el Artículo 10.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de disponer que todo conductor que opere un vehículo de motor en violación a lo dispuesto en el referido Artículo, tendrá una multa administrativa de cien (100) dólares; para que los recaudos por concepto de esta multa administrativa ingresen a una cuenta especial en el Departamento de Hacienda a ser distribuida en partes iguales entre el Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Policía de Puerto Rico; y para disponer el uso de los fondos.

Status: Comisión no recomienda aprobación de la medida (as of 2020-12-14)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 577

Sponsors: Luis R. Ortiz Lugo, Ramón L. Cruz Burgos, Ángel N. Matos García

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