Puerto Rico PC 2176: Para crear la “Comisión de la Verdad”, a los fines de auditar las transacciones gubernamentales significativas efectuadas por las agencias de la Rama Ejecutiva del gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tanto durante la pasada administración como durante la actual administración; investigar los señalamientos de actos ilegales contra ex funcionarios públicos y contratistas gubernamentales; y evaluar la posible comisión de delitos por parte de funcionarios públicos, incluyendo pero no limitándose al Gobernador de Puerto Rico y miembros de su gabinete constitucional; y para otros fines relacionados.

Status: Referido a Comisión(es) (as of 2019-08-02)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 2176

Sponsors: Manuel A. Natal Albelo

Bill Text

GOBIERNO DE PUERTO RICO



18va. Asamblea	6ta. Sesión

	Legislativa		      Ordinaria



CÁMARA DE REPRESENTANTES



P. de la C. 2176



 12 DE JULIO DE 2019



Presentado por el representante Natal Albelo



Referido a la Comisión de Gobierno



LEY



Para crear la “Comisión de la Verdad”, a los fines de auditar las transacciones gubernamentales significativas efectuadas por las agencias de la Rama Ejecutiva del gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tanto durante la pasada administración como durante la actual administración; investigar los señalamientos de actos ilegales contra ex funcionarios públicos y contratistas gubernamentales; y evaluar la posible comisión de delitos por parte de funcionarios públicos, incluyendo pero no limitándose al Gobernador de Puerto Rico y miembros de su gabinete constitucional; y para otros fines relacionados.



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS



	El Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y todo servidor público que se manifieste desde sus agencias e instrumentalidades, tienen la obligación de operar con honradez y transparencia, además de  funcionar bajo los más altos estándares de integridad, respetabilidad y eficiencia. Por ello, existe la apremiante necesidad de establecer como uno de los principales componentes de la política del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el uso adecuado y eficiente de los recursos públicos, y la total erradicación de la corrupción gubernamental.



	En las últimas semanas, la credibilidad del Gobierno de Puerto Rico se ha visto lacerada por sendas investigaciones sobre múltiples actos de corrupción y la presentación de cargos federales contra varios funcionarios y contratistas de la presente administración. Los arrestos de las ex jefas del Departamento de Educación y la Administración de Seguros de Salud, instituciones que manejan cerca del 50% del presupuesto del País, representa una crisis constitucional que pone en entredicho la continuidad de la presente administración. Ante el silencio de las entidades fiscalizadoras y la falta de interés del Principal Ejecutivo del País de abrir una investigación sobre los eventos ya mencionados, esta Asamblea Legislativa entiende prudente y necesaria la creación de una comisión independiente de ciudadanos privados, provenientes de diversos sectores estratégicos en la sociedad civil, encomendada con la responsabilidad de auditar las transacciones gubernamentales significativas efectuadas por las agencias de la Rama Ejecutiva del gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tanto durante la pasada administración como durante la actual administración; investigar los señalamientos de actos ilegales contra ex funcionarios públicos y contratistas gubernamentales; y evaluar la posible comisión de delitos por parte de funcionarios públicos, incluyendo pero no limitándose al Gobernador de Puerto Rico y miembros de su gabinete constitucional. La comisión operará de manera autónoma y tendrá la autoridad necesaria para evaluar todas las transacciones gubernamentales que entienda pertinentes para las tareas que le serán encomendadas por esta ley.



DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:



	Artículo 1.-Será política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico adoptar medidas que propendan a erradicar la corrupción gubernamental. También será política pública de este Gobierno transparentar toda gestión pública y la información generada a través de dicha gestión, así como favorecer la rendición de cuentas a la ciudadanía general.

	Artículo 2.-Se crea  la “Comisión de la Verdad” (en adelante, Comisión), con total autonomía administrativa e independencia legal.

	Artículo 3.-La Comisión sólo será disuelta una vez haya concluido y satisfecho las encomiendas dispuestas en esta ley. La Comisión deberá entregar informes cada seis (6) meses, durante el período que duren sus funciones, en los que describirá el progreso de sus gestiones hasta la fecha. Deberá concluir sus funciones con la publicación de un informe final, en el que detallarán sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.

	Artículo 4.-Las funciones prioritarias de la Comisión serán:

(a) 	Definir una metodología para realizar una auditoría de las transacciones gubernamentales significativas efectuadas por las agencias de la Rama Ejecutiva del gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tanto durante la pasada administración como durante la actual administración. 

(b)	Investigar los señalamientos de actos ilegales contra ex funcionarios públicos y contratistas gubernamentales. 

(c) 	Evaluar la posible comisión de delitos por parte de funcionarios públicos, incluyendo pero no limitándose al Gobernador de Puerto Rico y miembros de su gabinete constitucional.

(d) 	Conformar, con la información obtenida, una base de datos que permita realizar toda clase de análisis en torno al proceso de otorgación de contratos gubernamentales y el desembolso de fondos públicos.

(e) 	Establecer un sistema de transparencia de

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