Puerto Rico PS 26: Para añadir un inciso (s) al Artículo 2.04 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 17 de la Ley 23-2011, según enmendada, conocida como “Ley para Regular el Negocio y las Operaciones en las Casas de Empeño”; y la Sección 5 de la Ley Núm. 18 de 21 de septiembre de 1983, según enmendada, conocida como “Ley de Compra y Venta de Metales y Piedras Preciosas”; a los fines de establecer el Registro Electrónico de Artículos Hurtados; establecer la responsabilidad del Negociado de la Policía de Puerto Rico de mantener y actualizar el Registro con la información recopilada de las querellas de artículos hurtados; establecer la responsabilidad de casas de empeño a las que se le haya expedido una licencia para operar de conformidad con lo dispuesto en la Ley 23-2011, supra, y de todo comprador al que se le haya expedido una licencia de comprador de metales preciosos o piedras preciosas de conformidad a la Ley Núm. 18, supra, de proveer la información de todo artículo que sea comprado y recibido en prenda por estas; y para otros fines relacionados.

Status: Ley Núm.282-2018 (as of 2018-12-29)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 26

Sponsors: José A. Vargas Vidot, Thomas Rivera Schatz

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