Puerto Rico PC 1820: Para enmendar el Artículo VI sección 5 de la Ley 72-1993, según enmendada conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico” a los fines de establecer que se deberá informar a los beneficiarios de los planes de salud de cualquier aumento que se vaya a implementar con un término de sesenta (60) días de antelación; y para otros fines relacionados

Status: Aprobado por el Senado en Votación Final (as of 2024-06-24)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 1820

Sponsors: Jocelyne M. Rodríguez Negrón

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