Puerto Rico PS 779: Para añadir un nuevo Artículo 21.07 a la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico” con el propósito de requerir mayor transparencia sobre el servicio al cliente que brinda Auto Expreso y/o cualquier otra entidad pública, privada o Alianza Público Privada que se dedique a la emisión y administración de multas de tránsito automáticas utilizando medios tecnológicos o el Sistema Automático de Control de Tránsito, requiriendo la publicación de los tiempos de espera, la proporción de llamadas telefónicas contestadas, los recursos digitales de impugnación de multas de tránsito atendidos y el porciento de multas indebidamente emitidas, por parte de estas entidades; establecer un tiempo límite de 20 minutos de espera para atender llamadas de ciudadanos que busquen objetar multas otorgadas automáticamente utilizando medios tecnológicos o el Sistema Automático de Control de Tránsito, limites sobre la proporción de llamadas telefónicas contestadas, los recursos digitales de impugnación de multas atendidos y el porciento de multas indebidamente emitidas por parte de AutoExpreso y/o el Sistema Automático de Control de Tránsito so pena de la suspensión temporera de la capacidad para emitir multas automáticas; y para otros fines relacionados.

Status: Referido a Comisión(es) (as of 2023-04-18)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PS 779

Sponsors: Elizabeth Rosa Vélez, José A. Vargas Vidot, Juan Zaragoza Gómez, Rubén Soto Rivera

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