Puerto Rico PS 482: Para crear la “Ley para Garantizar el Derecho a una Pensión Adecuada” a los fines de establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico la protección de las pensiones de los empleados del Gobierno de Puerto Rico, el rechazo de cualquier recorte a las mismas y que los participantes de los Sistemas de Retiro del Gobierno de Puerto Rico que cumplan los cincuenta y cinco (55) años de edad y completen por lo menos treinta (30) años de servicio como empleados del Gobierno de Puerto Rico en o a partir de la aprobación de esta Ley, o que hayan cumplido los cincuenta y cinco (55) años de edad y hayan completado por lo menos treinta (30) años de servicio como empleados del Gobierno de Puerto Rico previo a la aprobación de esta Ley pero continúen cotizando en los Sistemas de Retiro, tengan derecho al pago de una pensión equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su salario devengado al momento de su retiro; crear el Comité para Garantizar el Derecho a una Pensión Adecuada y establecer sus funciones y responsabilidades; ordenar al Comité para Garantizar el Derecho a una Pensión Adecuada a preparar y presentar ante la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, dentro de un periodo de ciento veinte (120) días luego de la aprobación de esta Ley, un plan para implantar las disposiciones de esta Ley; y para otros fines relacionados
Status: Retirada por su Autor (as of 2021-08-16)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PS 482
Sponsors: Miembros PNP, Retirada por su Autor, Thomas Rivera Schatz
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