Puerto Rico PS 784: Para enmendar la Sección 3 de la Ley Núm. 57 de 19 de junio de 1958, según enmendada, a los fines de establecer que, cuando se realice una donación condicional al Departamento de Corrección y Rehabilitación que no sea monetaria, y el Secretario de Corrección y Rehabilitación determine que redunda en beneficio directo de la población correccional o que contribuye con su rehabilitación moral y social, ésta estará exenta del requisito de ser autorizada por el Secretario de Hacienda.
Status: Retirada por su Autor (as of 2019-02-06)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 784
Sponsors: Abel Nazario Quiñones, Retirada por su Autor
View Puerto Rico PS 784 on LegisTrack → — full text, sponsors, votes, campaign finance, and cross-state matches.