Puerto Rico PS 335: Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 35-1994, según enmendada, a los fines de disponer que no se le podrá negar servicios médico hospitalarios a cualquier persona que esté sufriendo una condición de emergencia médica o a una mujer que esté de parto, que acuda a la sala de emergencia de un hospital público o privado, por razón de raza, color, sexo, edad, religión, nacimiento, origen o identificación étnica o nacional, ideología política, incapacidad física o mental presente o futura, condición socioeconómica, orientación sexual o estatus migratorio; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 25 de 25 de septiembre de 1983, según enmendada, con el fin de prohibir que ninguna escuela pública o privada en Puerto Rico podrá discriminar, contra estudiantes que no cuentan con su certificado de vacunación al día a causa de su estatus migratorio y ordenar, a su vez, que la institución educativa haga todas las gestiones pertinentes con el Departamento de Salud para que ese niño o niña reciba la vacunación requerida, irrespectivamente del estatus migratorio del estudiante o de sus progenitores, tutor o guardián; y para otros fines relacionados.

Status: Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara (as of 2018-11-08)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 335

Sponsors: Anibal J. Torres Torres, Carmelo J. Ríos Santiago, Cirilo Tirado Rivera, Eduardo Bhatia Gautier, Henry Neumann Zayas, José A. Vargas Vidot, José L. Dalmau Santiago, José Nadal Power, Juan M. Dalmau Ramírez, Lawrance N. Seilhamer Rodríguez, Luis A. Berdiel Rivera, Luis D. Muñiz Cortés, Migdalia Padilla Alvelo, Miguel A. Laureano Correa, Miguel A. Pereira Castillo, Miguel A. Romero Lugo, Nayda C. Venegas Brown, Nelson V. Cruz Santiago, Rossana López León, Zoé Laboy Alvarado, Ángel R. Martínez Santiago

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