Puerto Rico PS 1287: Para ordenar a toda Corporación Publica, Agencia del Gobierno y Privada a que en un período no mayor de 48 horas de haber culminado reparaciones y/ o trabajos en las vías públicas y/o carreteras del Gobierno de Puerto Rico y Municipales tengan la obligación de reparar la calle o camino que rompieron al hacer la reparación a su costo y para otros fines relacionados.

Status: Referido a Comisión(es) (as of 2019-05-21)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 1287

Sponsors: Carlos J. Rodríguez Mateo, Luis A. Berdiel Rivera, Miguel A. Laureano Correa, Ángel R. Martínez Santiago

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