Puerto Rico PS 642: Para enmendar el Artículo 2.14 de la Ley 168-2019, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020” para incluir que como parte de los procedimientos expeditos de licencia de armas y autorización para portar armas para víctimas de violencia doméstica y acecho, la persona solicitante debe ser referida a la División de Psicología del Negociado de la Policía de Puerto Rico para que sea evaluada a los efectos de determinar si se encuentra apta para que se expida la licencia especial a su favor, o en su defecto, deberá presentar un certificado emitido por un psicólogo admitido a ejercer la profesión en Puerto Rico a tales efectos; y para otros fines relacionados.
Status: Comisión no recomienda aprobación de la medida (as of 2022-01-18)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PS 642
Sponsors: Gretchen M. Hau, Nitza Morán Trinidad
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