Puerto Rico PC 1601: Para establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico en contra del discrimen por la condición de tener tatuajes o "piercings" en el empleo público y privado; establecer la prohibición específica de discrimen en el empleo contra esta población; enmendar el inciso (aa) del Artículo 3 de la Ley Núm. 45 de 25 de febrero de 1998, según enmendada, conocida como "Ley de Relaciones del Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico"; enmendar el inciso (35) del Artículo 3 y la Sección 6.3 del Artículo 6 de la Ley Núm. 8-2017, conocida como "Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico"; enmendar los Artículos 11.001 y 11.007 de la Ley Núm. 81-1991, según enmendada, conocida como "Ley de Municipios Autónomos"; enmendar los Artículos 1, 1-A, 2 y 2A de la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada; ordenar a todas las agencias, instrumentalidades, departamentos, corporaciones públicas, municipios de la Rama Ejecutiva, la Rama Legislativa y la Rama Judicial a atemperar sus reglamentos de personal para exponer claramente esta Política Pública y ordenar los patronos del sector privado incorporar reglamentación a tal fin.
Status: Referido a Comisión(es): Asuntos Laborales (CAMARA) (as of 2018-05-10)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 1601
Sponsors: Denis Márquez Lebrón
View Puerto Rico PC 1601 on LegisTrack → — full text, sponsors, votes, campaign finance, and cross-state matches.