Puerto Rico PC 2066: Para enmendar el Artículo 2.004, añadir un Capítulo 18 que se compondrá por los artículos 18.001, 18.002, 18.003, 18.004, 18.005, 18.006 y 18.007, en la Ley 81-1991, según enmendada, conocida como “Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico”, con el propósito de facultar a aquellos municipios que cuenten con los recursos económicos necesarios para así hacerlo, a que establezcan programas de administración de documentos públicos, mediante los cuales se conserven como alternativa a la forma impresa, todo papel, libro, folleto, fotografía, película, microforma, cinta magnetofónica, mapa, dibujo, plano, cinta magnética, disco, vídeo cinta o cualquier otro material leído por máquina y cualquier otro material informativo sin importar su forma o características físicas, que se origine, conserve o reciba en un municipio, de manera electrónica, sin sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley Núm. 5 de 8 de diciembre de 1955, según enmendada, conocida como “Ley de Administración de Documentos Públicos de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 5 de 8 de diciembre de 1955, según enmendada, con el propósito de atemperar las disposiciones de ambas leyes; y para otros fines relacionados.

Status: Referido a Comisión(es) (as of 2019-04-24)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 2066

Sponsors: Manuel O. Claudio Rodríguez

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