Puerto Rico PS 828: Para ordenar al Departamento de Hacienda a suspender temporalmente el arbitrio a la gasolina y al “diesel oil” establecido en los incisos (1) y (3) del apartado (a) de la Sección 3020.06 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, durante el periodo de cuarenta y cinco (45) días a partir de la aprobación de esta Ley; añadir un párrafo (4) al apartado (h) del Artículo 6 de la Ley 253-1995, según enmendada, conocida como “Ley de Seguro de Responsabilidad Obligatoria para Vehículos de Motor”, con el fin de declarar un dividendo extraordinario de $50,000,000, con el propósito de compensar la pérdida de ingresos que representará la suspensión temporera del arbitrio al combustible; establecer el límite de tiempo a dicha suspensión; ordenar gestiones a las agencias de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico para cumplir con la suspensión temporera autorizada mediante la presente; y para otros fines relacionados.
Status: Comisión no recomienda aprobación de la medida (as of 2022-05-25)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PS 828
Sponsors: Miembros PNP, Thomas Rivera Schatz
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