Puerto Rico RCC 460: Para ordenar al Director del Negociado de la Policía Puerto Rico a que otorgue o renueve de inmediato toda solicitud de licencia de armas o renovación de licencia de armas luego de transcurrido el término de ciento veinte (120) días desde que se solicitó dicha renovación, conforme a lo establecido en la Ley 404-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.

Status: Comisión no recomienda aprobación de la medida (as of 2020-12-18)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: RCC 460

Sponsors: Ángel N. Matos García

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