Puerto Rico PS 1138: Para renumerar los Artículos 4 al 7 como los Artículos 5 al 8, respectivamente; y añadir un nuevo Artículo 4 a la Ley 3-2018, a los fines de disponer que la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico continuará otorgando la certificación y/o autorización para la instalación o [reemplazo] de generadores eléctricos en edificios residenciales, comerciales o de ocupación múltiple, sean estos de nueva construcción o ya existentes, de acuerdo a las especificaciones y/o requisitos técnicos vigentes previo a la aprobación de esta Ley; disponer que la referida corporación pública no podrá utilizar esta Ley como impedimento para emitir la autorización y/o certificación de generadores eléctricos de nueva instalación o [reemplazo] de aquellos previamente instalados; y para otros fines relacionados.

Status: Ley Núm.272-2018, efectivo inmediatamente y sus disposiciones serán retroactivas al 17 de enero de 2018, fecha en la que fue aprobada la Ley 3-2018. (as of 2018-12-15)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 1138

Sponsors: Miguel A. Romero Lugo

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