Puerto Rico PS 557: Para crear la “Ley de Playas Públicas de Puerto Rico”, definir qué constituye una playa en Puerto Rico y uniformar su carácter como bien de dominio público, conforme a la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, al Código Civil de Puerto Rico de 2020, y a la Ley Núm. 3 del 22 de agosto de 1990, según enmendada; establecer las salvaguardas generales para las construcciones cercanas a las playas, y las acciones de deslinde en la zona marítimo terrestre; enmendar el Artículo 241 de la Ley Núm. 55 de 1 de junio de 2020, conocida como “Código Civil de Puerto Rico de 2020”; enmendar el inciso (n) al Artículo 1.03 de la Ley Núm. 151 de 28 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley de Muelles y Puertos de Puerto Rico de 1968”, y enmendar el inciso (i) del Artículo 3 de la Ley Núm. 1 de 29 de junio de 1977, según enmendada, conocida como “Ley de Vigilantes de Recursos Naturales y Ambientales del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales”, con el fin de armonizar distintas disposiciones estatutarias y reglamentarias relacionadas a la política pública de designación de la zona marítimo terrestre, así como del uso y disfrute de las playas públicas; y para otros fines relacionados.

Status: Vista Pública: En el Salón Luis Negrón López (as of 2022-02-24)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PS 557

Sponsors: Ada García Montes, Ramón Ruiz Nieves, Rubén Soto Rivera

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