Puerto Rico PC 1841: Para enmendar el inciso 40 del Artículo 1-104 y el Artículo 2-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada conocida como “Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de incluir en la definición de “Servidores Públicos de Alto Riesgo”, a los alguaciles adscritos al Poder Judicial de Puerto Rico; para disponer que los funcionarios antes mencionados puedan acogerse voluntariamente al retiro luego de haber alcanzado los cincuenta y cinco (55) años de edad y treinta (30) años de servicio para extender por excepción la edad de retiro obligatorio para Servidores Públicos de Alto Riesgo a sesenta y dos (62) años de edad; y para otros fines relacionados.

Status: Referido a Comisión(es) (as of 2023-10-10)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 1841

Sponsors: Domingo J. Torres García, Gretchen M. Hau

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