Puerto Rico PS 1501: Para enmendar el Artículo 6 y añadir un segundo párrafo al Artículo 8 de la Ley Núm. 74-2006, según enmendada, conocida como “Ley del Programa de Ayuda a Jugadores Compulsivos de Puerto Rico”, a los fines de disponer que el veinticinco por ciento (25%) de los fondos asignados anualmente al Programa de Ayuda a Jugadores Compulsivos de Puerto Rico sea distribuido a Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) sin fines de lucro en Puerto Rico que trabajen y atiendan directamente a personas impactadas por las nefastas consecuencias individuales, familiares y sociales de la ludopatía; ordenar que se remita un informe anual ante la Asamblea Legislativa de dicha distribución; y para otros fines relacionados.
Status: Referido a Comisión(es) (as of 2020-02-18)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 1501
Sponsors: Abel Nazario Quiñones
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