Puerto Rico PC 777: Para enmendar los Artículos 2.4; 3.5; 5.1; 5.2; 10.4; 14.4; 19.10; 23.3 y 35.8 de la Ley 239-2004, según enmendada, conocida como "Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004", a los fine de incluir a la Asamblea Legislativa para conceder a empleados que son miembros de junta tiempo sin cargo para reuniones; autorizar a las cooperativas a organizar alianzas público privadas (APP); reducir el término de revisión de documentos de nuevas cooperativas que se organizan; conceder un término para subsanar deficiencias a nuevas cooperativas que se organizan; requerir del Inspector de Cooperativas establecer reglamentación relacionada con la impugnación de asambleas; requerir una opinión de la Administración de Fomento Cooperativo previo a cualquier inversión de fondos de una cooperativa; incluir a la Asamblea Legislativa para que exima a las cooperativas del pago de renta por el uso de facilidades; aclarar que las decisiones del Tribunal de Primera Instancia en casos de cooperativas de vivienda son revisables mediante certiorari en el Tribunal de Apelaciones; hacer correcciones técnicas a la ley; para otros fines relacionados

Status: Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara (as of 2018-06-25)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 777

Sponsors: José A. Banchs Alemán, Urayoán Hernández Alvarado

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