Puerto Rico RCS 121: Para ordenar al Comisionado de Asuntos Gallísticos del Departamento de Recreación y Deportes del Gobierno de Puerto Rico conceder un plazo de dos (2) años a las galleras de Puerto Rico para cumplir con el requisito establecido en el inciso 4 del Artículo 6 de la Ley. 98-2007, según enmendada, mejor conocida como "Ley de Gallos de Puerto Rico del Nuevo Milenio", que establece colocar un reloj digital en lugares visibles del establecimiento y para otros fines.
Status: Res. Conj. 20, 01/27/18, 2 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente (as of 2018-01-27)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: RCS 121
Sponsors: Axel F. Roque Gracia
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