Puerto Rico PC 707: Para enmendar el Articulo 3.10 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica” a los fines de que en todos los casos penales que surjan al amparo de esta Ley, siempre deberá estar presente un representante del Ministerio Público durante la vista de determinación de causa para arresto del agresor.

Status: Comisión no recomienda aprobación de la medida (as of 2023-05-02)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 707

Sponsors: Angel N. Matos García, Denis Márquez Lebrón, Héctor E. Ferrer Santiago, Jesús M. Ortiz González, José E. Meléndez Ortiz, José E. Torres Zamora, Mariana Nogales Molinelli, Orlando Aponte Rosario, Ramón L. Cruz Burgos

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