Puerto Rico PC 607: Para enmendar el inciso (l) de la Sección 6 de la Ley Núm. 83 de 2 de mayo de 1941, según enmendada, conocida como la “Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico”, a los fines de aclarar y fortalecer la prohibición de cobro a clientes por errores administrativos o en el cálculo de los cargos que excedan de ciento veinte (120) días desde la expedición de las facturas por concepto de consumo de energía eléctrica; enmendar el inciso (x) de la Sección 6 de la Ley Núm. 83 de 2 de mayo de 1941, según enmendada, a los fines de salvaguardar el debido proceso de ley de aquellos abonados a los que la Autoridad de Energía Eléctrica les impute uso indebido de energía eléctrica o de materiales o equipo; enmendar el inciso (a)(1) del Artículo 6.27 de la Ley 57-2014, según enmendada, a los fines de disponer la cantidad de dinero que un abonado tiene que pagar para poder objetar una factura de energía eléctrica y solicitar la correspondiente investigación; y para otros fines relacionados.
Status: Quedó Pendiente de Acción Posterior en el Senado (as of 2024-06-24)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 607
Sponsors: Jorge Navarro Suárez, Luis Raúl Torres Cruz
View Puerto Rico PC 607 on LegisTrack → — full text, sponsors, votes, campaign finance, and cross-state matches.