Puerto Rico PC 1178: Para enmendar los Artículos 3, 4 y 5, añadir nuevos Artículos 6 y 13, y renumerar el Artículo 13 como Artículo 14 de la Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio del Gobierno de Puerto Rico”, a fin de establecer las funciones de un agente de viajes; incluir nuevas definiciones; establecer facultades al Director Ejecutivo de la Oficina de Turismo; atemperar la jurisdicción a los nuevos modelos de negocios; y para otros fines relacionados.

Status: Reunión Ejecutiva: Oficina de la Comisión (as of 2026-10-22)

State: Puerto Rico · Session: 2025-2028 · Bill: PC 1178

Sponsors: Roberto J. López Román, José M. Varela Fernández

View Puerto Rico PC 1178 on LegisTrack → — full text, sponsors, votes, campaign finance, and cross-state matches.