Puerto Rico PS 358: Para enmendar el inciso (d) del Artículo 3.02 y el inciso (i) del Artículo 23.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de establecer que al renovar la licencia de un vehículo de motor o arrastre, el ciudadano sólo vendrá obligado a pagar aquellas multas correspondientes a la vigencia de dicha licencia, por lo que la renovación de la licencia del vehículo de motor o arrastre para el periodo inmediatamente anterior constituye una certificación suficiente a los efectos de que a esa fecha no existían multas pendientes de pago; y otros fines relacionados.
Status: Reunión Ejecutiva: Oficina de la Comisión (as of 2020-02-04)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 358
Sponsors: Lawrance N. Seilhamer Rodríguez
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