Puerto Rico RCC 637: Para dejar sin efecto la imposición del impuesto a la parte de la propiedad mueble destinada para la venta por fabricantes comerciantes y negociantes establecido en la Ley 83-1991, según enmendada, mejor conocida como " Ley para la Contribución Municipal a la Propiedad" hasta el 31 de diciembre de 2020; ordenar a la Junta de Gobierno y al Director Ejecutivo del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales a emitir aquellas determinaciones administrativas necesarias para cumplir con esta Resolución Conjunta con el objetivo de eximir a fabricantes comerciantes y negociantes del impuesto a la parte de la propiedad mueble destinada para la venta hasta el 31 de diciembre de 2020; ordenar al Secretario del Departamento de Hacienda a transferir al Fondo de Equiparación de los Municipios un por ciento (1%) del diez punto cinco por ciento (10.5%) de los recaudos del Impuesto a las Ventas y Uso (IVU) destinado al estado conforme a la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico y a emitir aquellas determinaciones administrativas necesarias para cumplir dicho fin; ordenar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto del Gobierno de Puerto Rico (OGP) y a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF) presente recortes en gastos del gobierno central equivalentes al uno por ciento (1%) del diez punto cinco por ciento (10.5%) de los recaudos del Impuesto a las Ventas y Uso (IVU) en la confección y elaboración del presupuesto para el año fiscal 2020-2021y para otros fines relacionados.

Status: Referido a Comisión(es) (as of 2020-03-19)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: RCC 637

Sponsors: Luis R. Vega Ramos

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