Puerto Rico PC 1342: Para enmendar el inciso (i) del Artículo 12.07 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico” a los fines de incluir entre los actos ilegales cometidos por cualquier persona la apropiación no autorizada del convertidor catalítico de un vehículo, establecer allí que la penalidad para dicho acto será la pena fija de cárcel instituida en el Artículo 182 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, más la pena de restitución; enmendar el inciso (g) del Artículo 5 de la Ley Núm. 125 del 27 de junio de 1966, según enmendada, conocida como “Ley de Depósito de Chatarra” para establecer la obligación del operador de un centro de chatarra de notificar al Negociado de la Policía acerca del recibo u oferta como chatarra de cada convertidor catalítico que le sea ofrecido en su negocio, establecer penalidades en dicha Ley; enmendar el Artículo 19 la Ley Núm. 8 de 5 de agosto de 1987, según enmendada, conocida como “Ley para la Protección de la Propiedad Vehicular” a los fines de especificar la pena cuando se tratare de la apropiación ilegal de un convertidor catalítico; y para otros fines relacionados.

Status: Se accede a Conferenciar (as of 2022-11-15)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 1342

Sponsors: José A. Díaz Collazo

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