Puerto Rico PC 846: Para enmendar el Artículo 41 de la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores” a los fines de disponer que, para brindar cualquier tratamiento médico a un menor, será necesaria la autorización de al menos una de las personas que ostente la patria potestad de este; para establecer el proceso judicial que deberá seguirse en aquellos casos en los cuales las personas con patria potestad se nieguen a dar su consentimiento para que el menor sea sometido a un tratamiento esencial; y para otros fines relacionados.

Status: Retirada por su Autor (as of 2023-06-24)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 846

Sponsors: Lisie Janet Burgos Muñiz, Retirada por su Autor

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