Puerto Rico PS 28: Para designar como Reserva Agrícola de la Costa Norte un área aproximada de 17,294.57 cuerdas que ubican en los municipios de Arecibo, Hatillo, Camuy y Quebradillas; y para otros fines relacionados.

Status: Referido a Comisión(es) (as of 2021-01-14)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PS 28

Sponsors: María de Lourdes Santiago Negrón

Bill Text

GOBIERNO DE PUERTO RICO

19 na Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 28
2 de enero de 2021
Presentado por la señora Santiago Negrón
Referido a la Comisión de Agricultura y Recursos Naturales

LEY

Para designar como Reserva Agrícola de la Costa Norte un área aproximada de
17,294.57 cuerdas que ubican en los municipios de Arecibo, Hatillo, Camuy y
Quebradillas; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La agricultura en Puerto Rico ha jugado un papel importante en el desarrollo
económico y social de nuestro país. La industria agrícola, además de producir
alimentos, ha permitido generar empleos e ingresos a muchas familias que viven en las
áreas rurales, así como el desarrollo del cultivo y la producción de nuestros suelos
agrícolas.
La Asamblea Legislativa ha reconocido durante años la importancia de promover el
uso de los terrenos agrícolas de alta productividad y por eso han aprobado varias leyes
para proteger los terrenos de alto rendimiento agrícola. Estas leyes ordenan a la Junta
de Planificación a establecer una zonificación especial y le ordena al Departamento de
Agricultura a preparar un Plan de Desarrollo para éstas reservas.
El cambio observado en el uso de los suelos agrícolas ha provocado que muchos
terrenos colindantes se vean afectados y sean objeto de especulación para otros usos.

2
Por tal razón ha sido necesaria la aprobación de las Leyes que delimitan las Reservas
Agrícolas para evitar la pérdida de cientos de cuerdas de uso agrícola.
La propuesta Delimitación de la Reserva Agrícola de la Costa Norte cuenta con
17,294.57 cuerdas y ubica en los municipios de Arecibo, Hatillo, Camuy y Quebradillas.
La mayor parte de los terrenos son privados, con excepción de la Finca Colonia
Pajuil que es propiedad de la Autoridad de Tierras.
Dentro de la Reserva se encuentra el Río Camuy, principal cuerpo de agua, y
contiene en su colindancia este la Quebrada Seca y en el oeste el Río Guajataca.
De las 17,294.62 cuerdas que componen la Reserva Agrícola de la Costa Norte, un 95
por ciento están calificados cuyo propósito es la producción agrícola intensa, mientras
que 3.89 por ciento está calificado para uso agrícola general y las restantes 1.12 por
ciento del área total corresponden a cuerpos de agua y la red vial.
El Plan de Uso de Terrenos de Puerto Rico (PUT), que entró en vigencia el 30 de
noviembre de 2015, adopto las clasificaciones de Suelo que rigen todo el territorio. En
esta área la clasificación bajo el PUT es Suelo Rústico Común, Suelo Rústico
Especialmente Protegido Agrícola y Suelo Rústico Especialmente Protegido Agrícola
Ecológico.
Mediante la aprobación de esta Ley la presente Asamblea Legislativa, en el ejercicio
responsable de sus funciones constitucionales, reafirma su compromiso por proteger los
terrenos agrícolas del país, para fomentar el desarrollo sostenible y la soberanía
alimentaria de las presentes y futuras generaciones.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1. - Designación Reserva Agrícola 1

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Se declara como Reserva Agrícola de la Costa Norte un área aproximada de 1
17,294.57 cuerdas que ubican en los municipios de Arecibo, Hatillo, Camuy y 2
Quebradillas. 3
Artículo 2. - Delimitación 4
La Junta de Planificación, en coordinación con el Departamento de Agricultura y los 5
municipios, tendrá ciento ochenta (180) días para efectuar la delimitación exacta a ser 6
protegida en la Reserva Agrícola de la Costa Norte. 7
Artículo 3. - La Junta de Planificación, realizará cualquier otro trámite o gestión, que 8
sea necesaria para lograr los objetivos que persigue esta Ley. 9
Artículo 4. - Prohibiciones 10
Se prohíbe la aprobación de consultas de ubicación por la Junta de Planificación y 11
permisos por parte de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) y de los gobiernos 12
municipales de Arecibo, Hatillo, Camuy y Quebradillas, dentro de los terrenos que 13
comprenden la Reserva Agrícola de la Costa Norte, que contravengan la política pública 14
del Estado de proteger los terrenos agrícolas y la necesidad de promover el desarrollo 15
económico y la soberanía alimentaria. 16
Se prohíbe la instalación de sistemas de energía renovable, a mediana o gran escala, 17
en la Reserva Agrícola de la Costa Norte. Sólo se permitirán aquellos sistemas cuya 18
función sea complementar las necesidades energéticas para la producción agrícola de 19
las fincas. 20
Artículo 5. - Cláusula transitoria 21

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Cualquier actividad no agrícola existente ubicada en terrenos de uso agrícola o que 1
afecten adversamente la actividad agrícola dentro de la Reserva Agrícola de la Costa 2
Norte, deberá cesar dentro de los dos (2) años de aprobada la Resolución de 3
Zonificación Especial; disponiéndose que toda actividad no agrícola a la que cualquier 4
agencia reguladora hubiese concedido permiso para su ubicación, construcción, uso o 5
aprovechamiento y que no hubiese comenzado y completado la actividad para la cual 6
recibiera tal aprobaci

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