Puerto Rico PS 1485: Para enmendar el Artículo 41.050 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico” a los fines de brindarle inmunidad a los profesionales de la salud que prestan servicios a pacientes en los Centros de Trauma y Estabilización designados conforme lo dispuesto en el inciso (3) del Artículo 12 de la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada; extender la aplicación de los límites de responsabilidad del estado de la Ley Núm. 104 del 29 de junio de 1955, según enmendada, a los Centros de Trauma y Estabilización que así sean designados, conforme lo dispuesto en el inciso (3) del Artículo 12 de la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada; para enmendar el inciso 3 del Artículo 12 de la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, para el establecimiento del protocolo uniforme y de un Plan Estatal para la operacionabilidad y funcionamiento del Sistema Integrado de Manejo Uniforme de Trauma en la jurisdicción de Puerto Rico; los criterios y requisitos para extender los límites de responsabilidad del Estado a los Centros de Trauma y Estabilización a ser parte del Sistema Integrado de Manejo Uniforme de Trauma; y establecer el requisito por parte de la Asamblea Legislativa de la aprobación de una Resolución Concurrente por ambos Cuerpos Legislativos para que dicho Centro de Trauma y Estabilización se le otorgue la inmunidad según lo dispuesto en el Artículo 41.050 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, y para otros fines relacionados.
Status: Ley Núm. 149-2020 (as of 2020-11-18)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 1485
Sponsors: Evelyn Vázquez Nieves
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