Puerto Rico PS 1317: Para enmendar los Artículos 2, 4, 5, 6, 14, 17 y 18 de la Ley 42-2017, conocida como “Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (“Ley MEDICINAL”)”, a los fines de aclarar los parámetros que se deberán tomar en consideración para establecer la relación médico-paciente bona fide; eliminar la licencia de médico autorizado; establecer el requisito de créditos de educación continua a los médicos autorizados; requerir que la primera visita tiene que ser presencial; incluir el requisito de farmacéutico clínico en los miembros del Cuerpo Asesor; aumentar los miembros de la Junta y disponer que los miembros podrán participar de la reunión mediante conferencia telefónica; establecer nuevos requisitos sobre los cursos de educación continua y los cursos de formación de los miembros de la industria; establecer limitaciones publicitarias de la industria; promover el apoyo de la Corporación Pública para Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico (COSSEC) a la industria del cannabis medicinal; paralizar la expedición de nuevas licencias de dispensarios de cannabis medicinal y ordenar un estudio de mercado; y para otros fines relacionados.
Status: Se solicita Comité de Conferencia (as of 2020-06-30)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 1317
Sponsors: Thomas Rivera Schatz
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