Puerto Rico PC 103: Para enmendar el Artículo 12 de la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, a los fines de establecer la obligatoriedad del (de la) secretario(a) del Departamento de Salud de crear un programa para el manejo y la disposición de medicamentos, medicinas o fármacos dañados, expirados o deteriorados a ser instituido en cada una de las oficinas regionales de la antes mencionada dependencia pública; ordenarle al referido funcionario, exponer permanentemente en la página de Internet de la dependencia, información relativa al establecimiento del programa aquí creado, de modo que la ciudadanía pueda orientarse sobre sus beneficios; proveer para la promulgación de aquella reglamentación y/o procedimientos necesarios para lograr la cabal implantación de las disposiciones de esta Ley; y para otros fines relacionados.

Status: Veto de Bolsillo (as of 2020-07-24)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 103

Sponsors: Ángel R. Peña Ramírez

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