Puerto Rico PC 388: Para enmendar el inciso (d) del Artículo 5 de la Ley Núm. 33 de 27 de junio de 1985, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer Requisitos Procesales Mínimos para la Suspensión de Servicios Públicos Esenciales”, a los fines de las instrumentalidades certifiquen que, antes de comenzar a ofrecer el servicio, certifiquen que no existe ninguna alteración en el medidor (contador); para que a petición del consumidor, las instrumentalidades realicen una inspección de su medidor (contador) con el propósito de garantizar la eficiencia en el funcionamiento del mismo una vez cada tres (3) años; para otros fines relacionados.
Status: Referido a Comisión(es) (as of 2021-01-25)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 388
Sponsors: Yashira M. Lebrón Rodríguez
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