Puerto Rico RCS 334: Para establecer que una vez declarada una emergencia por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico deberá activar a las personas retiradas de la Autoridad y a los empleados y empleadas que fueron transferidas a otras agencias, dependencias, o instrumentalidades, para que se integren a las labores de restablecimiento del sistema de servicio eléctrico, sin menoscabar o limitar la facultad de los Alcaldes y Alcaldesas para llevar a cabo las labores necesarias para normalizar o restablecer el servicio eléctrico en sus respectivas jurisdicciones municipales, al amparo del Artículo 1.018 (v) de la Ley 107-2020, según enmendada, mejor conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.

Status: Devuelto a la Comisión(es) (as of 2022-10-04)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: RCS 334

Sponsors: Albert Torres Berríos, Migdalia González Arroyo, Ramón Ruiz Nieves, Rosamar Trujillo Plumey

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