Puerto Rico PC 844: Para enmendar el Artículo 2.030 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 10 de la Ley Núm. 4 de 11 de octubre de 1985, según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras”; enmendar el Artículo 5 de la Ley 76-2020, conocida como “Ley Especial para Prevenir la Explotación Financiera contra los Adultos Mayores y Adultos con Impedimentos”; enmendar el Artículo 9 de la Ley 114-2001, según enmendada, conocida como “Ley de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Ahorro y Crédito”, y derogar la Ley 206-2008, conocida como “Ley para la Prevención y Detección de Posibles Casos de Explotación Financiera a Personas de Edad Avanzada o Incapacitados", con el propósito de uniformar la política pública, establecer, expresamente, en las leyes orgánicas que crean las figuras del Comisionado de Seguros, el Comisionado de Instituciones Financieras y del Presidente de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Ahorro y Crédito, el deber de requerir a las entidades que regulan, que establezcan protocolos de prevención y detección de posibles casos de explotación financiera contra adultos mayores o personas con impedimentos, utilizando los indicadores contemplados en el Artículo 3 de la Ley 76-2020; y para otros fines relacionados.
Status: Ley Núm.205-2024 (as of 2024-09-17)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 844
Sponsors: José E. Meléndez Ortiz
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