Puerto Rico PC 1188: Para enmendar el Artículo 97 del Código Civil de Puerto Rico de 1930, según enmendado, a los fines de establecer que todo procedimiento de divorcio llevado a cabo en los tribunales de Puerto Rico debe realizarse en privado, y para otros fines relacionados.

Status: Referido a Comisión(es): de lo Jurídico (CAMARA) (as of 2017-08-21)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 1188

Sponsors: Maricarmen Mas Rodríguez

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