Puerto Rico PC 1212: Para enmendar el Artículo 3.4 de la Ley Número 20218, según enmendada, conocida como “Código de Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico” a los fines de establecer que cualquier persona jurídica en la que uno de sus accionistas haya sido convicta posterior a la otorgación de un contrato o durante la vigencia del contrato quedará inhabilitada de contratar o licitar con cualquier agencia ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico por un término de cinco (5) años.; y para otros fines relacionados.
Status: Referido a Comisión(es) (as of 2022-02-15)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 1212
Sponsors: Joel I. Franqui Atiles
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