Puerto Rico PS 819: Para enmendar el Artículo 115 la Ley 187-2015, según enmendada, conocida como "Ley del Portal Interagencial de Validación para la Concesión de Incentivos para el Desarrollo Económico de Puerto Rico", a los fines de modificar y extender la posposición de la efectividad de la Ley; relevar a toda agencia, dependencia o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico, municipio o corporación pública, que sea considerada como una Agencia Emisora-Certificante o Agencia Receptora-Otorgante, de cumplir con los Artículos 6 al 10 y los Artículos 14 al 112 de la Ley en todo aquello que esté relacionado a la Certificación de Cumplimiento, retroactivamente desde el 17 de noviembre de 2015 hasta el 1ro de enero de 2019; para disponer que toda Agencia Emisora-Certificante o Agencia Receptora-Otorgante deberá continuar aceptando, recibiendo, tramitando, procesando y evaluando solicitudes de incentivos o beneficios contributivos al amparo de cualesquiera de las leyes mencionadas en el Artículo 4 de la Ley 187-2015, así como aprobando, concediendo y otorgando los incentivos o beneficios contributivos contemplados en las mismas, sin sujeción a los requisitos relacionados a la Certificación de Cumplimiento hasta el 31 de diciembre de 2018; y para otros fines relacionados.

Status: Referido a Comisión(es): Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía (CAMARA) (as of 2018-04-26)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 819

Sponsors: Migdalia Padilla Alvelo

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