Puerto Rico PS 1433: Para reconocer y declarar el acceso al Internet de banda ancha como un “servicio esencial” y un derecho subsumido en los derechos constitucionales a la educación, a la libertad de expresión, a la libertad de asociación y al trabajo; añadir un nuevo subinciso (65) al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85–2018, según enmendada, denominada “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de establecer, entre los deberes asignados al Secretario de Educación, los deberes de (1) revisar y modificar anualmente los currículos y programas educativos de manera que se integren los recursos y herramientas tecnológicas de más reciente desarrollo, (2) desarrollar talleres o cursos de educación continua para las comunidades escolares, incluyendo a los familiares y personas encargadas del estudiantado, que permitan desarrollar destrezas de alfabetización digital y el dominio de las plataformas digitales utilizadas para la educación a distancia en general, la recopilación de datos, la comunicación con la comunidad y la coordinación de servicios de Educación Especial, (3) mantener actualizadas todas las computadoras, tabletas y demás equipos informáticos entregados por el Departamento de Educación, (4) proveer a las comunidades escolares acceso gratuito a redes de alta velocidad, y (5) documentar los esfuerzos realizados mediante un informe anual rendido a la Asamblea Legislativa el 31 de marzo de cada año; añadir un nuevo inciso (u) al Artículo 9.01 de la Ley 85–2018, según enmendada, denominada “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de reconocer el derecho del estudiantado a acceder Internet de banda ancha; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Status: Referido a Comisión(es) (as of 2024-06-23)
State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PS 1433
Sponsors: Ana Irma Rivera Lassén, María de Lourdes Santiago Negrón, Rafael Bernabe Riefkohl
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