Puerto Rico PC 2382: Para enmendar los Artículos 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9 y 11, añadir nuevos Artículos 12, 13, 16 y 17, reenumerar los actuales Artículos 12, 13, 14, 15, 16 y 17 como Artículos 14, 15, 18, 19, 20 y 21 respectivamente, enmendar los reenumerados Artículos 14 y 15 de la Ley 196-2010, según enmendada, conocida como “Ley de Turismo Médico de Puerto Rico”, a los fines de establecer la política pública sobre la promoción y desarrollo de la industria del turismo médico; disponer que el Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio tendrá los poderes y facultades convenientes y necesarios para implantar dicha Ley; disponer los procedimientos para la expedición de certificaciones para actividades, facilidades e instalaciones; establecer parámetros para el desarrollo del turismo médico en Puerto Rico; disponer que la Oficina de Gerencia de Permisos del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio deberá otorgarle prioridad a toda iniciativa del sector público o privado para desarrollar infraestructura, facilidades e instalaciones de turismo médico; disponer lo relativo al otorgamiento de permisos de construcción; y para otros fines relacionados.

Status: Ley Núm. 171-2020 (as of 2020-12-30)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 2382

Sponsors: Víctor L. Parés Otero

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