Puerto Rico PC 2379: Para enmendar el Artículo 5, añadir unos nuevos artículos 15 y 16, y reenumerar los actuales artículos 15, 16 y 17, como los artículos 17, 18 y 19, respectivamente, en la Ley 97-2028, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos de las Personas que tienen el Síndrome de Down”, a los fines de disponer que dentro de los noventa (90) días siguientes al cierre de cada año fiscal, los departamentos de Educación; de Recreación y Deportes; Salud; y del Trabajo y de Recursos Humanos; así como la Administración de Rehabilitación Vocacional, someterán al Gobernador y a la Asamblea Legislativa un informe, detallando las actividades llevadas a cabo en virtud de esta Ley; aclarar que los beneficios otorgados al amparo de esta Ley, no se entenderán de forma restrictiva, ni suponen la exclusión de otros derechos extendidos a las personas con Síndrome de Down y no mencionados específicamente; denominar con el nombre de “Alan E. Acevedo Álvarez”, la clínica externa permanente creada para proveerle todos los servicios necesarios e indispensables para la cabal atención y tratamiento de las personas de cero (0) año en adelante, con la condición de Síndrome de Down; y para otros fines relacionados.
Status: Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara (as of 2020-06-30)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 2379
Sponsors: José E. Meléndez Ortiz, Rafael E. Rivera Ortega
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