Puerto Rico RCC 347: Para ordenar al Departamento de Recreación y Deportes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a trasferir libre de costo al Consejo de Titulares, la titularidad de las facilidades recreativas que ubican en los Condominios de Laguna Gardens, que comprenden las siguientes propiedades; (a) la parcela de terreno situada en el Barrio Cangrejos Arriba del término municipal de Carolina, Puerto Rico. Tiene una cabida de Cinco Mil Novecientas Noventa y Nueve (5,999.77) metros cuadrados. En lindes por el Norte, en dos (2) alineaciones de dieciocho punto cincuenta y ocho (18.58) metros y sesenta y cuatro punto cincuenta (64.50) respectivamente, con terrenos de la finca principal de la cual se segrega; por el Sur, en una alineación de ciento diecisiete punto cero dos (117.02) metros con terrenos de la misma finca; y por el Este, en una alineación de ciento cuarenta y cinco punto diecisiete (145.17) metros, con terrenos de la misma finca; y por el Oeste, en dos (2) alineaciones distintas de sesenta y seis punto cero dos (66.02) metros y cincuenta y ocho punto cero uno (58.01) metros con terrenos de la misma finca de la cual se segrega.; (b) la parcela de terreno situada en el Barrio Cangrejos Arriba del término municipal de Carolina, Puerto Rico. Tiene una cabida superficial de Cinco Mil Treinta y Uno Punto Cincuenta y Cinco (5.031.55) metros cuadrados. Comenzando en su punto, teniendo las coordenadas Lambert como medida, X igual a ciento noventa y seis mil cuatrocientos setenta y cuatro punto seiscientos cincuenta y uno; E igual sesenta y seis mil trescientos noventa y uno punto setecientos veinte, localizada al oeste de la Avenida Laguna y al Sur de la Avenida Baldorioty de Castro, donde la propiedad casi converge. De ahí en adelante bordeando el Sur en cero grados cero minutos cincuenta y cinco segundos Este, ciento tres metros luego del punto a lo largo del Oeste de la propiedad de Laguna Gardens, Inc., y lote seis A y seis B de Laguna Gardens, Inc. De ahí en adelante, bordeando el Sur en ochenta y nueve grados cincuenta y nueve minutos cero cinco segundos Oeste, cuarenta y nueve punto ochenta y cinco metros del siguiente punto, a lo largo de la línea norte del Estado Libre Asociado, Departamento de Recreación y Deportes, y al norte de la línea de Laguna Gardens, Inc. De ahí en adelante bordeando el Norte cero grados, cero minutos cincuenta y cinco segundos Oeste ciento tres metros al siguiente punto, a lo largo del este de la línea propiedad de Laguna Gardens, Inc. De ahí en adelante del Norte ochenta y nueve grados cincuenta y nueve cero minutos cero cinco segundos Este, cuarenta y ocho punto ochenta y cinco metros del punto que comienza a largo del Sur de la línea propiedad de Laguna Gardens, Inc.; (c) el Centro Cultural " Parcela de terreno localizada en la Urbanización Laguna Gardens del Barrio Cangrejo Arriba del término municipal de Carolina, Puerto Rico. Tiene una cabida superficial de Dos Mil Trescientos Veinticinco Punto Noventa y Dos (2,325.92) metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de sesenta punto seiscientos cuarenta y cuatro (60.644) metros cuadrados, con terrenos para parque activo y pasivo P guión tres (P-3); por el Oeste, en una distancia de veintisiete punto setecientos setenta y dos (27.772) metros con la Avenida Laguna al Oeste del Proyecto.; (d) la parcela de terreno localizada en la Urbanización Laguna Gardens del Barrio Cangrejo Arriba del término municipal de Carolina, Puerto Rico. (Antes parcelas A y E). Tiene una cabida superficial de Veinticuatro Mil Seiscientos Setenta y Cinco Punto Setenta y Ocho (24,675.78) metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de ciento noventa y uno punto ciento veintisiete (191.127) metros, con el International Shopping Center; en una distancia de treinta y nueve punto noventa y seis (39.96) metros con terrenos reservados para usos públicos; en una distancia de ochenta y cinco punto veintiséis (85.26) metros con terrenos a ser segregados para el Edificio número siete (7); por el Sur, en dos (2) distancias de veinticuatro punto novecientos treinta y nueve (24.939) metros y sesenta y nueve punto cero treinta y siete (69.037) metros con terrenos del Edificio número cinco (5); en dos distancias de sesenta y tres punto ochocientos veintidós (63.822) y ochenta punto ciento cuatro (80.104) metros con el Edificio número seis (6) en una distancia de sesenta y seis punto novecientos cincuenta y siete (96.957) metros con terrenos de los Edificios uno (1), dos (2) y en una distancia de dieciocho punto doscientos treinta y nueve (18.239) con la parcela número 21426 de la Administración de Parques y Recreos Públicos; por el Este, en una distancia de cuarenta y cuatro punto cero veintinueve (44.029) metros con la Avenida Laguna al Este del Proyecto y en una distancia de cincuenta y cuatro punto setecientos cuarenta y un (54.741) metros con terrenos de los Edificios uno (1) y dos (2), y en una distancia de seis (6.00) me
Status: Referido a Comisión(es): Gobierno (CAMARA) (as of 2018-05-24)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: RCC 347
Sponsors: Ángel N. Matos García
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