Puerto Rico PC 894: Para enmendar los Artículos 6.003, 6.017 en su inciso (3), 9.039 en su inciso (c) y 11.004 de la Ley Núm. 78-2011, según enmendada, conocida como Ley Electoral del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a los fines de viabilizar que se le permita el derecho al voto a todo ciudadano que alcance la edad de dieciocho (18) años a la fecha del 31 de diciembre del año electoral en curso.
Status: Referido a Comisión(es): Gobierno (CAMARA) (as of 2017-03-27)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 894
Sponsors: José L. Rivera Guerra
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