Puerto Rico PS 509: Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 118-1974, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta de Libertad Bajo Palabra”, a los fines de aclarar que la Junta de Libertad Bajo Palabra tomará en consideración únicamente la sentencia final y firme emitida por el Tribunal General de Justicia, para conceder el beneficio de la libertad bajo palabra en casos en que se determine que la persona utilizó un arma de fuego en la comisión o tentativa de un delito grave.

Status: Devuelto por Fortaleza (as of 2022-06-02)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PS 509

Sponsors: Javier Aponte Dalmau, Ramón Ruiz Nieves

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