Puerto Rico RCC 711: Para eximir a todas las cooperativas organizadas de conformidad con la Ley 239-2004, según enmendada, conocida como “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, la Ley 255-2002, según enmendada, conocida como “Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002”, Ley 88 del 21 de junio de 1966, según enmendada, conocida como “Ley del Banco Cooperativo de Puerto Rico”, Ley 198-2002, según enmendada, conocida como “Ley del Fondo de Inversión y Desarrollo Cooperativo, la Ley 220-2002, según enmendada, conocida como “Ley Especial de Cooperativas Juveniles” y el Capítulo 34 de la Ley 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, del cumplimiento de la celebración de asambleas anuales durante el año 2020; autorizar a la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico (COSSEC) , a la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico (OCS) y a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) a adoptar y publicar las disposiciones de esta Resolución Conjunta, a las cooperativas bajo su supervisión, mediante carta normativa o cualquier otro medio autorizado por Ley; autorizar a COSSEC, a OCS y a OCIF a aprobar, según sea solicitado por una cooperativa, la realización de asambleas anuales mediante la utilización de mecanismos virtuales, tecnológicos o alternos que sean cónsonos con las directrices del Gobierno de Puerto Rico respecto al distanciamiento social, siempre y cuando se garanticen todos los derechos de sus socios miembros; y para otros fines relacionados.
Status: Res. Conj. 55-2020 (as of 2020-08-04)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: RCC 711
Sponsors: Carlos J. Méndez Núñez
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