Puerto Rico RC 158: Para ordenar a las comisiones de Hacienda y la de Reorganización, Eficiencia y Diligencia de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno a los múltiples señalamientos sobre el uso de fondos públicos por parte de la Autoridad de Edificios Públicos (AEP). Entre estos, los fondos disponibles desde los años 2022, 2023 y 2024 que suman sobre cuarenta y dos millones de dólares ($42,000,000.00), del efectivo en caja con un aproximado de doscientos sesenta y tres millones de dólares ($263,000,000.00), que incluyen sobre ciento sesenta y cinco millones de dólares ($165,000,000.00) de gasto de capital para proyectos en curso (“CapEx) de los cuales sobre veintitrés millones de dólares ($23,000,000.00) no se han asignado a proyectos específicos, según detalla una comunicación enviada el 29 de enero de este año por la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) al nuevo Director Ejecutivo de dicha corporación pública, Félix Lasalle Toro. Además, sobre datos en la referida comunicación en cuanto a que la AEP incumplió con la contratación de un ente externo para realizar un análisis sobre sus gastos e ingresos producto de una solicitud de propuestas (RFP) a estos fines, que no había sometido un cronograma para reanudar dicho proceso y que apenas ha desembolsado nueve millones de dólares ($9,000,000.00) de los sobre cincuenta y seis millones de dólares (56,000,000.00) para reparaciones en Cuarteles de la Policía y tampoco, sobre dos millones de dólares ($2,000,000.00) para mejoras a planteles escolares, así como las alegaciones en contrario de la AEP que plantean fueron las acciones de la JSF las responsables de no poder utilizar dichos fondos; y para otros fines relacionados.
Status: Referido a Comisión(es) (as of 2025-02-20)
State: Puerto Rico · Session: 2025-2028 · Bill: RC 158
Sponsors: Ramón A. Torres Cruz
Bill Text
GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 158
14 DE FEBRERO DE 2025
Presentada por el representante Torres Cruz
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a las comisiones de Hacienda y la de Reorganización, Eficiencia y Diligencia de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno a los múltiples señalamientos sobre el uso de fondos públicos por parte de la Autoridad de Edificios Públicos (AEP). Entre estos, los fondos disponibles desde los años 2022, 2023 y 2024 que suman sobre cuarenta y dos millones de dólares ($42,000,000.00), del efectivo en caja con un aproximado de doscientos sesenta y tres millones de dólares ($263,000,000.00), que incluyen sobre ciento sesenta y cinco millones de dólares ($165,000,000.00) de gasto de capital para proyectos en curso (“CapEx) de los cuales sobre veintitrés millones de dólares ($23,000,000.00) no se han asignado a proyectos específicos, según detalla una comunicación enviada el 29 de enero de este año por la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) al nuevo Director Ejecutivo de dicha corporación pública, Félix Lasalle Toro. Además, sobre datos en la referida comunicación en cuanto a que la AEP incumplió con la contratación de un ente externo para realizar un análisis sobre sus gastos e ingresos producto de una solicitud de propuestas (RFP) a estos fines, que no había sometido un cronograma para reanudar dicho proceso y que apenas ha desembolsado nueve millones de dólares ($9,000,000.00) de los sobre cincuenta y seis millones de dólares (56,000,000.00) para reparaciones en Cuarteles de la Policía y tampoco, sobre dos millones de dólares ($2,000,000.00) para mejoras a planteles escolares, así como las alegaciones en contrario de la AEP que plantean fueron las acciones de la JSF las responsables de no poder utilizar dichos fondos; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Autoridad de Edificios Públicos de Puerto Rico (AEP) tiene la misión de planificar, diseñar, subastar, construir y conservar las facilidades físicas para todas las agencias y ofrecerle al Pueblo de Puerto Rico las mejores estructuras para su uso y disfrute elevando la calidad de vida, lo cual constituye un alto fin público para la debida prestación de servicios por el Gobierno a la ciudadanía. En específico, la Ley Núm. 56 de 19 de junio de 1958, según enmendada, la crea como un cuerpo corporativo regido por una Junta de Gobierno; nombrados sus directores por el Gobernador(a), con el consejo y consentimiento del Senado. Así, se constituye como una instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ejerciendo funciones públicas y esenciales del Gobierno.
Es menester apuntar, que el Artículo 1 de la Ley 56-1958, supra, declara e instituye como política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que;
“…sus agencias, instrumentalidades, corporaciones públicas y demás dependencias gubernamentales, promoverán y fomentarán la contratación de los servicios de la Autoridad de Edificios Públicos para satisfacer sus necesidades de diseño, construcción, remodelación, mejoras, operación y mantenimiento de las estructuras que necesitan para ofrecer sus servicios. Sin que ello implique que aquellas agencias, instrumentalidades, corporaciones y demás dependencias gubernamentales donde tradicionalmente se proveen estos servicios por sus propios empleados o contratan estos servicios con otras entidades tengan la obligación de utilizar los servicios que promueve la Autoridad de Edificios Públicos;…”
Es decir, la AEP en primera instancia la encargada del diseño, construcción y mantenimiento de las estructuras del estado, a excepción de aquellas dependencias de ordinario realizan tales responsabilidades con su personal. Por tanto, el buen uso de los millonarios fondos públicos asignados para el óptimo descargue de esta vital responsabilidad tiene que responder a los más estrictos criterios de una efectiva y diligente sana administración pública, así como ser transparente en su utilización conforme a la necesidad continua de mejoras a estas propiedades del aparato gubernamental.
Sin ignorar, que en el contexto actual de carácter fiscal en nuestro Gobierno se aprobó la Ley Federal, “Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability Act de 2016 (PROMESA)” la cual faculta a la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) para determinar, entre otros poderes, si cualquier estatuto, resolución, política o norma del Gobierno de Puerto Rico menoscabaría o frustraría los propósitos de dicha Ley Federal y a tal fin paralizar su implantación. Adicional, para tener el control de asegurar la aprobación y la implemenView Puerto Rico RC 158 on LegisTrack → — full text, sponsors, votes, campaign finance, and cross-state matches.